Circulares venta inmuebles y ganancias de capital
Circular N° 43/2021 (Renta/Ganancias de capital): cubre aportes INR, sobreprecio de acciones, acciones crías, devoluciones de capital (con tabla comparativa de los tres escenarios), el estatuto completo del N°8 del art. 17 con tablas de tributación de bienes raíces, opciones de reliquidar IGC, INR de 10 UTA, retención de IA y las letras f), g), i).
Circular N° 42/2015 (IVA inmuebles Ley 20.780): nuevas definiciones de venta/vendedor, tabla de presunciones de habitualidad, hechos gravados especiales letras b), c), l) y m), base imponible del art. 17, exención subsidio MINVU y las tres normas transitorias.
Circular N° 37/2020 (IVA inmuebles Ley 21.210): la precisión "inmuebles construidos", eliminación de presunciones de habitualidad, criterios del arrendamiento amoblado, obligatoriedad de la rebaja del terreno, eliminación del tope del doble del avalúo fiscal y el nuevo sistema de crédito fiscal provisional proporcional.
Circulares SII — Inmuebles y Ganancias de Capital
Resumen ejecutivo de las Circulares N° 43/2021, N° 42/2015 y N° 37/2020. Referencias a la normativa vigente en la Biblioteca del Congreso Nacional.
Circular N° 43/2021 — Ingresos No Constitutivos de Renta: Aportes, Acciones, Bienes Raíces y Ganancias de Capital
| Situación del propietario | Monto INR | Monto gravado como renta |
|---|---|---|
| Aportó el capital directamente | Hasta el monto del aporte efectivo | Exceso sobre el aporte |
| Adquirió participación en menos que el capital pagado de su prorrata | Hasta el valor de adquisición (el menor) | Diferencia entre devolución y valor de adquisición |
| Adquirió participación en más que el capital pagado de su prorrata | Hasta el capital pagado de su prorrata | Pérdida (diferencia es costo no recuperado) |
| Escenario | Tributación | Condición |
|---|---|---|
| INR hasta 8.000 UF (acumuladas en toda la vida del contribuyente, sin límite de tiempo) | No renta | No relacionado + plazo > 1 año (o > 4 años en subdivisión/edificios) |
| Exceso sobre 8.000 UF | IGC o IA (base percibida) o IUS 10% (residente en Chile, a su elección) | No relacionado + plazo cumplido |
| Enajenación antes del plazo | IDPC + IGC/IA (régimen general) | — |
| Enajenación a relacionado | IGC/IA base devengada. Sin INR ni IUS | — |
| Adquirido antes del 01.01.2004 | LIR según texto vigente al 31.12.2014 | PN que no determina IDPC sobre rentas efectivas |
Circular N° 42/2015 — Inclusión de Inmuebles en el IVA (Ley N° 20.780)
| Tipo | Supuesto | Plazo / condición |
|---|---|---|
| Habitualidad presunta | Venta de edificios por pisos o departamentos | Dentro de los 4 años desde adquisición o construcción |
| Habitualidad presunta | Cualquier otro inmueble | Plazo ≤ 1 año entre adquisición y enajenación |
| No habitualidad | Enajenación por ejecución de garantía hipotecaria | — |
| Habitualidad facultativa | Contribuyentes con giro inmobiliario efectivo | El SII puede calificarla |